CUIDADO NICOLÁS MADURO! EL DR HENRY RAMOS ALLUP ES INTOCABLE PARA EL PUEBLO VENEZOLANO Y SOMOS MILLONES.
Luz Márquez 12 de Febrero del 2016
La cúpula comunista que integra el TSJ ahora quiere meter preso a Nuestro Presidente de la Asamblea Nacional Dr Henry Ramos Allup.
Vamos a recordarle a Nicolás Maduro y a la cúpula comunista el TSJ, que el BRAVO PUEBLO DE VENEZUELA decidió y eligió por medio de votos y vía constitucional la Nueva Asamblea Nacional y es el PODER LEGISLATIVO NACIONAL.
El Poder Legislativo es ejercido por el Congreso Nacional, integrado por las Cámaras de Senadores y Diputados. Diputados y senadores son elegidos, titulares y suplentes, por votación popular -cada cinco años- en listas cerradas postuladas por los partidos políticos, utilizándose la representación proporcional de las minorías. Y ganamos por Mayoría, Somos Mayoría Nicolás Y Uds una minoría los que representan los Diputados Del régimen en la Asamblea Nacional.
El TSJ el nido de la Cúpula comunista corrupta nos esta dando un GOLPE DE ESTADO SILENCIOSO demandando y amenazando a nuestro Presidente De La Asamblea Nacional con meterlo preso. Nuestro Presidente de la AN es intocable, mucho cuidado Nicolás Maduro! Porque aquí nos levantamos los 22 millones de Venezolanos los que apoyamos al Dr Henry Ramos Allup. Mire Nicolás y la cúpula del TSJ comunista, ese decreto que ustedes sacaron EL DECRETO CUBANO DE EMERGENCIA ECONÓMICA vino directamente de Cuba y fue rechazado no solo por la Asamblea Nacional, sino Por 22 millones de Venezolanos en Venezuela y los que estamos en el extranjero.
Mire Nicolás Maduro todos los millones de Venezolanos que estamos en contra de tu gobierno, sabemos muy bien que Usted aparte que esconde su nacionalidad Colombiana, también eres un dictador comunista manejado por Fidel Castro y sabemos muy bien que Todos los que integran el TSJ son todos Corruptos y Comunistas y que el Poder Legislativo de Nuestra Asamblea Nacional está investigando todas las corrupciones del TSJ y ustedes están todos temblando, especialmente Usted Nicolás Maduro, porque se está investigando sobre su nacionalidad y por eso quieren meter preso a Henry Ramos Allup.
Mire Nicolás Maduro a continuación le dejo las Atribuciones que le corresponde a la Asamblea Nacional, el Poder Legislativo investigar y todas estas funciones la vamos a ejercer una por una, le guste o no a Usted Nicolás Maduro y ahora el Dr Henry Ramos Allup tiene todo el Apoyo del Pueblo de Venezuela. A usted Nicolás Maduro ya ni los delincuentes lo apoyan, perdiste todo el respeto, hasta el respeto de los perros venezolanos. Te quedaste solo con el nido que tienes allí del TSJ que son todos Ladrones Corruptos sin moral.
Cuáles son las atribuciones del Poder Legislativo y quién lo representa?
El Poder Legislativo está compuesto por una Cámara en la Asamblea Nacional; representada por diputados y diputadas representantes de los estados y pueblos indígenas de la República; en los estados representa este poder el Consejo Legislativo.
Sus atribuciones son:
Legislar en materias de la competencia nacional y sobre el funcionamiento de las distintas ramas de Poder Nacional.
Proponer enmiendas y reformas a la Constitución, en los términos establecidos en ella.
Ejercer funciones de control sobre el Gobierno y la Administración Pública Nacional, en los términos consagrados en la Constitución y la ley. Los elementos comprobatorios obtenidos en el ejercicio de ésta función, tendrán valor probatorio, en las condiciones que la ley establezca.
Organizar y promover la participación ciudadana en los asuntos de su competencia.
Decretar amnistías.
Discutir y aprobar el presupuesto nacional y todo proyecto de ley concerniente al régimen tributario y al crédito público.
Autorizar los créditos adicionales al presupuesto.
Aprobar las líneas generales del plan de desarrollo económico y social de la Nación, que serán presentadas por el Ejecutivo Nacional en el transcurso del tercer trimestre del primer año de cada período constitucional.
Autorizar al Ejecutivo Nacional para celebrar contratos de interés nacional, en los casos establecidos en la ley. Autorizar los contratos de interés público municipal, estadal o nacional con estados o entidades oficiales extranjeras o con sociedades no domiciliadas en Venezuela.
Dar voto de censura al (o la) Vicepresidente(a) Ejecutivo(a) y los Ministros(as). La moción de censura sólo podrá ser discutida dos días después de presentada a la Asamblea, la cual podrá decidir, por las tres quintas partes de los diputados(as), que el voto de censura implica la destitución del Vicepresidente(a) o Ministro(a).
Autorizar el empleo de misiones militares venezolanas en el exterior o extranjeras en el país.
Autorizar a Ejecutivo Nacional para enajenar bienes inmuebles del dominio privado de la Nación, con las excepciones que establezca la ley.
Autorizar a los funcionarios(as) públicos(as) para aceptar cargos, honores o recompensas de gobiernos extranjeros.
Autorizar el nombramiento del (o la) Procurador(a) general de la República y de los (o las) Jefes(as) de Misiones Diplomáticas Permanentes.
Acordar los honores del Panteón Nacional a venezolanos(as) ilustres, que hayan prestado servicios eminentes a la República, después de transcurridos veinticinco años de su fallecimiento. Esta decisión podrá tomarse por recomendación del Presidente(a) de la República, de las dos terceras partes de los Gobernadores(as) de Estado, o de los rectores(as) de las Universidades Nacionales en pleno.
Velar por los intereses y autonomía de los Estados.
Autorizar la salida del presidente(a) de la República del territorio nacional cuando su ausencia se prolongue por un lapso superior a cinco días consecutivos.
Aprobar por ley los tratados o convenios internacionales que celebre el Ejecutivo Nacional, salvo las excepciones consagradas en la Constitución.
Dictar su reglamento y aplicar las sanciones que en él se establezcan.
Calificar a sus integrantes y conocer de su renuncia. La separación temporal de un diputado(a) sólo podrá acordarse por el voto de las dos terceras partes de los diputados(as) presentes.
Organizar su servicio de seguridad interna.
Acordar y ejecutar su presupuesto de gastos, tomando en cuenta las limitaciones financieras del país.
Ejecutar las resoluciones concernientes a su funcionamiento y organización administrativa.
Todo lo demás que señalen la Constitución y la ley.
Luz Márquez.